En sala de oficina judicial, tercer piso de los tribunales en Trelew, se desarrolla un juicio oral en donde el Ministerio Público Fiscal representado por el fiscal general Aldo Nizetich acusa a una persona, que oportunamente se encontraba condenado a cinco años de prisión y habría intentado la reducción de la pena por “estímulo educativo” mediante la presentación de certificaciones de dudosa procedencia.

De acuerdo a la acusación para la fiscalía se encuentra acreditado que el día 24 de abril de 2024 se dio inicio a la audiencia de cómputo de pena en el marco de un incidente de ejecución, con intervención del Juez de Ejecución Gustavo Castro. En esas circunstancias, J.C.M. que se hallaba presente en la audiencia en calidad de condenado, pretendió que el cómputo de pena de su condena fuera reducido por estímulo educativo en los términos del artículo 140 de la Ley de Ejecución Penal número 24660. Para ello, valiéndose de su abogado defensor, sabiendo lo que hacía y conociendo que se trataba de documentación falsa y con el evidente propósito de perjudicar la adecuada prestación del servicio de justicia buscando reducir injustamente su condena en 16 meses, presentó como prueba diversas certificaciones a su nombre.

Así constaba una diplomatura en educación física, deporte y recreación por 630 horas, una diplomatura en gestión y organización de eventos 630 horas, curso de instalador electricista habilitado categoría III 160 horas y mecánica básica del automotor expedidos por la Universidad Nacional de Córdoba. También un curso sobre prevención del embarazo en la adolescencia por 150 horas, prevención del suicidio adolescente 150 horas y prevención de obesidad en niños, niñas y adolescentes 150 horas, expedidos por la Sociedad Argentina de Pediatría.

Según el Ministerio Público Fiscal considera que se encuentra probada la materialidad del hecho y que existen elementos suficientes para atribuir la autoría responsable a J.C.M., ya que de las constancias obrantes en el legajo respectivo surge que el 27 de marzo de 2024 el doctor Martín Castro en su carácter de abogado defensor particular presentó un escrito ante oficina judicial de Trelew por medio del cuál se puso de manifiesto que su asistido había sido condenado a la pena de cinco años de prisión por sentencia de noviembre de 2022, la que a esa fecha ya se encontraba firme y por ende correspondía determinar su cómputo de pena.

Si bien la defensa pretendió en una cuestión previa rechazar la calificación esgrimida por la fiscalía, la Jueza Mirta Moreno coincidió con el fiscal general en cuanto a lo extemporáneo del pedido, puesto que se había realizado la audiencia preliminar de elevación a juicio sin que se observara nada al respecto. Por lo tanto el juicio oral se lleva adelante con la calificación atribuida por el delito de uso de documento público falso en carácter de autor, artículos 296 y 45 del código penal, y en caso de ser hallado culpable se solicitará una pena que no excederá los seis años de prisión con más la declaración de reincidencia.

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