La primera Sesión, tras el receso, fue nutrida en cuanto a los expedientes tratados y los proyectos de Ordenanzas. En este sentido, luego de mancomunar esfuerzos con la Prefectura y la Administración Portuaria, se sancionó la siguiente normativa:
Queda prohibido treparse y/o arrojarse de la estructura del muelle Comandante Luis Piedra Buena, como así también aquellas conductas que generen un daño o deterioro en el mismo.
En caso de incumplimiento de la prohibición establecida en el Artículo precedente se aplicará una multa de 2000 Módulos B.
En el caso que las personas que despleguen la conducta tipificada en el Artículo 1° sean menores o personas inimputables, el responsable de la infracción en cuanto a su pago será el adulto responsable como Padre, Tutor o encargado de los menores o personas inimputables.
El infractor podrá proponer la realización de tareas comunitarias equivalentes a la multa impuesta como compensación de esta última. El Juzgado de Faltas determinará la realización, o no de las mismas, según la disponibilidad de organismos para desarrollar las prestaciones.
Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir convenio con la Prefectura Naval Argentina a los efectos de facultarlos como autoridad de aplicación autorizándolos a confeccionar las multas que pudieran corresponder.
Hasta tanto ocurra lo dispuesto en el Artículo 5°, prestará colaboración para la imposición de multa el área que corresponda del Municipio local.
En caso de reincidencia a la infracción establecida en el Artículo anterior el monto de la misma se duplicará.
El Departamento Ejecutivo Municipal, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza deberá realizar una amplia difusión de la misma, por los medios que considere pertinentes.
En un plazo no mayor a 90 días de promulgada la presente la Administración Portuaria Puerto Madryn deberá colocar nueva cartelería informando la prohibición como asi también la aplicación de multas.
Queda exceptuada de la presente toda actividad oficial o autorizada por el Departamento Ejecutivo Municipal, que se realice utilizando el Muelle Comandante Luis Piedra Buena.
Por otro lado, se crearon nuevas herramientas para promover el “empleo con apoyo”
Fue aprobado el Sistema de Beneficios para el Empleador Inclusivo (SIBEI) que contempla exenciones a los contribuyentes directos que tributen Ingresos Brutos en la Municipalidad de Puerto Madryn. Este Sistema será adicional a otros beneficios que posea el contribuyente directo que incorpore a personas con discapacidad, en el marco del programa Empleo con Apoyo que lleva adelante la organización no gubernamental Juntos Podemos.
Los empleadores que contraten de 1 a 5 personas con discapacidad, tendrán una exención de hasta el 5% del impuesto a los Ingresos Brutos, por el tiempo que dure la relación laboral.
Los empleadores que contraten de 6 a 10 personas con discapacidad, tendrán una exención de hasta el 7% del impuesto a los Ingresos Brutos, por el tiempo que dure la relación laboral. Los empleadores que contraten más de 10 personas con discapacidad, tendrán una exención de hasta un 10% del impuesto a los Ingresos Brutos, por el tiempo que dure la relación labor
