El Consejo de la Magistratura sesionó la última semana en Comodoro Rivadavia y tomó importantes decisiones. Hubo concursos exitosos en varios cargos, y se analizaron sumarios con mucho debate y diversa suerte.
En la sesión celebrada la última semana de junio en Comodoro Rivadavia, el Consejo de la Magistratura avanzó en la selección de los mejores perfiles para distintos cargos de camaristas, fiscales y defensores en la justicia chubutense, y también resolvió la suerte de dos asuntos que involucraban a tres magistrados, que en un caso fue elevado a jury de enjuiciamiento y en el otro las actuaciones fueron archivadas.
El pleno del Consejo resolvió que Diego Ariel Trad, nacido el 17 de abril de 1974 en Villa Dolores (Córdoba) con título de abogado emitido por la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco el 12 de febrero de 2001, será el nuevo Juez Penal de Cámara para Puerto Madryn.
También decidió que Eugenia Domínguez, nacida el 28 de febrero de 1983 en Trelew, con título de abogada emitido por la Universidad de Buenos Aires el 2 de julio de 2007, ocupará el cargo de Fiscal General a cargo de la Unidad Fiscal Especializada de Ciberdelito y Evidencia Digital para Rawson.
Otro de los seleccionados fue Mauro Sebastián Quinteros, nacido el 31 de marzo de 1986 en Sierra Grande (Río Negro), con título de abogado emitido por la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco el 30 de agosto de 2016, como Fiscal General, para la ciudad de Trelew.
Por otra parte, el pleno designó a Eva Marcela Prieto, nacida el 27 de julio de 1969 en Lago Puelo, con título de abogada emitido por la Universidad Nacional de la Plata, el 21 de abril de 1994, como Defensora Pública Civil para la circunscripción Lago Puelo.
Otra de las designaciones fue a favor de Milena Soledad Poblete Vera, nacida el 13 de enero de 1988 en Puerto Madryn, con título de abogada emitido por la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco, el 15 de junio de 2018, como Jueza de Paz Titular para la ciudad de Puerto Madryn, previa desestimación de la denuncia presentada por Marisol Alicia García por su actuación en su anterior cargo como Jueza de Paz Suplente.
A jury
Uno de los puntos centrales de la sesión fue la decisión del pleno de declarar insatisfactorio el desempeño y las aptitudes personales de Carlos Antonio Flores Pericich, Defensor Público Penal de la ciudad de Trelew, por la causal de mal desempeño de sus funciones prevista en el art. 15 inc. a) de la Ley V N° 80.
De acuerdo al informe de la Comisión Evaluadora, la insatisfacción en el desempeño se fundamentó en la existencia de una “denuncia por violencia de género en el ámbito laboral, iniciada por comentarios indebidos de contenido sexual que, ante su rechazo, derivaron en maltrato y gritos por parte del magistrado”.
Dicha conducta derivó en un sumario administrativo que concluyó con la imposición de una sanción de cinco días de suspensión sin goce de haberes a Flores Pericich por “incumplimiento de deberes esenciales y comportamiento indecoroso”.
La decisión del Consejo fue que sean remitidas las actuaciones al Tribunal de Enjuiciamiento, en los términos del artículo 24 de la Ley V-N° 80 y el artículo 19 del Reglamento del Proceso de Evaluación de Magistrados.
Además, se solicitará al Tribunal de Enjuiciamiento (en los términos del Art. 25 de la Ley V N° 80), la suspensión de Flores Pericich en su respectivo cargo.
Finalmente, se designó como miembros de la Comisión Acusadora, según lo normado en el artículo 24 in fine de la Ley V N° 80, a los/as Consejeras/os: Lucía Pettinari, Giovana Taurelli Chiribao y Juan Pablo Gallegos.
Archivo
En otro punto relevante, el pleno dispuso el archivo del Sumario N° 151/24 CM, originado en la denuncia del Ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz contra los Fiscales Generales de Comodoro Rivadavia, Carlos Adrián Cabral y Marcelo Crettón.
La denuncia que originó el sumario se centró en la solicitud de sobreseimiento que los fiscales realizaron en la causa «Emergencia Climática Comodoro Rivadavia», acto que el denunciante consideró infundado y violatorio de sus deberes funcionales.
Si bien el informe de la instrucción propuso declarar el mal desempeño y remitir la causa al Tribunal de Enjuiciamiento, los magistrados sumariados, en sus respectivas defensas, sostuvieron que su accionar respondió a una decisión técnica y a una valoración propia de la prueba en ese momento procesal, enmarcada en las facultades que la ley les otorga, argumentando que una diferencia de criterio no constituye una causal de enjuiciamiento si no se prueba una actuación dolosa o con negligencia inexcusable.
Finalizadas las exposiciones y tras un arduo debate sobre la cuestión de fondo, la mayoría de los miembros del Consejo de la Magistratura consideró que las explicaciones y fundamentos vertidos por Cabral y Crettón en sus descargos y exposiciones personales resultaron convincentes para desvirtuar la conclusión del Dictamen a la que arribó la Consejera Instructora.
Se valoró que los magistrados justificaron su accionar como una decisión técnica fundada, dentro del margen de discrecionalidad que les otorga la ley, y que durante la instrucción no se logró acreditar la existencia de dolo, arbitrariedad manifiesta o negligencia inexcusable.
Por estas razones, en voto dividido y por mayoría, se determinó que la conducta de Cabral y Crettón no configura la causal de mal desempeño prevista en la ley ni falta alguna, y el caso fue archivado.
Investigación
Finalmente, la sesión realizada en Comodoro Rivadavia tuvo un último punto que fue la decisión de abrir la instancia sumarial en relación con la Denuncia N° 09/25 CM, presentada por el Defensor General de la Provincia, Sebastián Daroca, contra el Asesor de Familia de la localidad de Esquel, Hugo Sánchez.
De acuerdo al sorteo del Consejero Instructor para esta denuncia, fue designada como instructora la Consejera Lucía Pettinari.
